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RIESGOS Y SEGUROS EN LA INTERNACIONALIZACIÓN

Acelera tu empresa con estos consejos de expertos sobre «Riesgos y seguros en la internacionalización». ¡Analiza y descubre esta TIP!

La internacionalización conlleva riesgos adicionales que debemos de conocer y mitigar cuando sea posible con seguros u otras medidas. Hacemos una relación de los riesgos más frecuentes y el seguro que existan para mitigar. 

RIESGOS DEL TIPO DE CAMBIO

El riesgo de cambio aparece cuando se fijan los precios. A partir de ese momento las posibles fluctuaciones en el tipo de cambio alteran el beneficio esperado de la operación, en mayor o menor medida, y en sentido favorable o desfavorable.

  • Si tu empresa tiene deudas o debe cobrar en el futuro y esos compromisos financieros están en otra moneda, la empresa se puede encontrar expuesta a sufrir pérdidas ocasionadas por la variación en el tipo de cambio.
  • Si tu negocio se hace en divisa extranjera, es posible que el valor de la moneda sufra cambios desde el momento en que se realiza el acuerdo hasta su fecha de liquidación de la operación. 

Puedes eliminar el riesgo al negociar, transfiriendo de esta forma el riesgo a tu cliente. Sin embargo, si tus competidores están negociando en moneda local, puede que tú tengas que hacerlo también. 

Por suerte, existen mecanismos para cubrir este riesgo, como el seguro de cambio o las opciones en divisa.

MECANISMOS PARA CUBRIR RIESGOS

SEGURO DE CAMBIO

Existen en el mercado varios productos financieros para minimizar el riesgo de trabajar con las divisas locales. El principal mecanismo de cobertura del riesgo de cambio es el seguro de cambio.

El seguro de cambio consiste en un contrato de compra o venta de divisas a plazo que permite conocer de forma anticipada el precio de liquidación de la moneda contratada por un importe determinado y para una fecha futura fijada. El seguro de cambio es una compraventa en firme pero a fecha futura, por lo que ambas partes quedan obligadas a cumplir el contrato, sea cual sea el precio de mercado de la divisa contratada en la fecha de vencimiento.

El contrato de seguro de cambio incorpora, por tanto, un derecho, ¡¡pero también una obligación!!

QUÉ HAGO SI NO PUEDO CUMPLIR CON EL SEGURO DE CAMBIO

Al tratarse de una compraventa firme aunque aplazada, el incumplimiento de un seguro de cambio comporta una operación de compraventa inversa y, por tanto, unas posibles diferencias –a favor o en contra– entre los precios iniciales y los precios del momento del incumplimiento. Estas diferencias serán a favor o en contra del cliente.

EL CONSEJO EXPERTO

Si es necesario, un seguro de cambio puede reconducirse a un nuevo vencimiento, utilizarse anticipadamente o incluso incumplirse antes del vencimiento. Habrá que tener en cuenta que, al tratarse de una compraventa que implica tipos de interés, un incumplimiento comporta unas diferencias de precios que habrá que reconocer, y un desplazamiento en el tiempo comporta una actualización en los tipos de interés.

OPCIÓN EN DIVISAS

Una alternativa al seguro de cambio que incorpora el derecho pero no comporta obligación es la opción en divisas. Una opción en divisas es un contrato que otorga a su tenedor el derecho pero no la obligación de comprar o vender cierta cantidad de divisas a un tipo de cambio fijado llamado precio de ejercicio o strike price, previo pago de una prima al emisor de la opción.

OTROS MECANISMOS

Existen también mecanismos de eliminación o control del riesgo de cambio que se forman a partir de combinaciones de opciones. Esto permite beneficiarse de una evolución favorable en el tipo de cambio sin el pago de la prima. Por sus características se trata de alternativas de uso no generalizado. Entre estas combinaciones podemos mencionar el túnel, la opción mixta y el forward plus.

RIESGO COMERCIAL

CLIENTES

Haz siempre una investigación minuciosa de tus clientes para comprobar que sean solventes. Incluso en los países considerados de bajo riesgo, es muy posible encontrarse con clientes de elevado riesgo, por lo que merece siempre la pena hacer un chequeo adicional para negociar con absoluta tranquilidad. 

Para minimizar el riesgo de pago, es aconsejable contratar un seguro de crédito de exportaciónEn el ámbito del comercio exterior, las dificultades para obtener información adecuada y suficiente del cliente, las diferentes costumbres comerciales y la diversidad de entornos legales no hacen sino incrementar de forma significativa los riesgos de carácter comercial.

SEGÚN EL MOMENTO EN QUE SE ENCUENTRA LA OPERACIÓN Y LA PARTE A LA QUE AFECTA PODEMOS, A SU VEZ, DISTINGUIR ENTRE:
  • Cancelación unilateral del contrato. Es el riesgo en que incurre el vendedor, antes de la entrega de la mercancía, en el caso de que el comprador no quiera o no pueda aceptar la entrega de una mercancía.
  • Impago. Es el riesgo comercial por excelencia, en el que incurre la parte vendedora cuando el comprador, a quien se ha entregado la mercancía solicitada, no atiende su obligación de pago.
  • Entrega. El comprador debe considerar la posibilidad de que la mercancía recibida no satisfaga los requisitos contractuales: no sea conforme a la calidad esperada, no se entregue en tiempo y forma o no se entregue en absoluto.

La distancia que va de una demora en el pago a una falta de pago es corta y, en ocasiones, fácil de recorrer.

PARA NO OLVIDAR
  • Solicitar informes comerciales completos de los futuros clientes o proveedores.
  • Incluir en el contrato disposiciones referentes a la legislación aplicable, a los tribunales competentes y al arbitraje. 
  • Disponer de las garantías de pago o de cumplimiento contractual adecuadas al contrato previsto.
  • Incluir la condición Incoterms, con referencia expresa a los Incoterms 2020.
  • Contratar un seguro con cobertura suficiente y conforme al riesgo real contraído. 
  • Asegurar que el contrato de transporte se corresponde con la expedición efectuada y es completo y aceptable según el medio de pago.

SEGURO DE CRÉDITO A LA EXPORTACIÓN

El seguro de crédito a la exportación constituye un instrumento útil a la exportación mediante la cobertura de los riesgos inherentes a las operaciones comerciales internacionales. Estos pueden ser los riesgos de resolución de contrato, los riesgos de impago, los derivados de las inversiones en el exterior o de la ejecución indebida de fianzas. 

La empresa líder en el mercado español (tanto por lo que se refiere a riesgo comercial como a riesgos políticos y extraordinarios) es la Compañía Española de Seguros de Crédito a la Exportación. La CESCE ofrece una amplia gama de productos por cuenta propia o por cuenta del Estado (con carácter exclusivo en este caso), pero siempre en nombre propio. A las instituciones que realizan esta actividad en los distintos países, como es el caso de CESCE en España, se las conoce internacionalmente como ECA (export credit agencies, agencias de crédito a la exportación), y constituyen, colectivamente, una de las primeras fuentes de financiación del comercio internacional en el mundo.

Para proteger tu empresa contra los impagos, es importante asegurar tus operaciones de exportación, incluso si tu cliente es un conocido o empresa de confianza en un país de bajo riesgo. Tu compañía de seguros elegida cubrirá los riesgos de pago en el comercio internacional. 

SEGURO DE MERCANCÍAS

Como consecuencia de la exportación, nuestra mercancía se encontrará una serie de días en tránsito con el consiguiente riesgo de daño, pérdida o demora. Aunque legalmente la mercancía está protegida, muchas veces no es suficiente. Hay  minimizar los riesgos contratando un seguro de mercancías que cubra el valor de la pérdida o daño físico de los bienes durante su tránsito.

  • Riesgo de que la mercancía que el vendedor pone a disposición del comprador no satisfaga los requisitos contractuales de calidad, tiempo y forma de entrega, o que, directamente, no llegue nunca.
  • Riesgo de Transporte, logística: el comercio internacional conlleva mayor distancia entre el punto de partida y llegada de las mercancías, por lo tanto un aumento importante del riesgo. Por ello, es importante contar con empresas logísticas de confianza, expertas en el mercado/os a los que vamos a exportar o importar. Empresas transitarias, a poder ser con estructura propia, que sean capaces de gestionar nuestras operaciones, tanto convencionales como triangulares si procede.

La propia naturaleza del proceso de exportación e importación implica que la mercancías pueden estar en tránsito un elevado número de días, con el riesgo de daño, pérdida o demora. La mayoría de las compañías internacionales tienen mucho cuidado en el manejo de las mercancías para reducir al mínimo tales riesgos.

Sin embargo, es sensato, asegurar sus bienes de acuerdo a su valor, de modo que esté suficientemente cubierto en caso de que algo vaya mal. El seguro de mercancías cubre pérdida o daño físico de los bienes durante el tránsito y cubre el transporte por vía aérea, por carretera, ferroviario y marítimo.

El Incoterms® de la operación determinará quién es el responsable de la contratación del seguro. Como exportador, estás obligado a contratar una póliza de seguro para los Incoterms® CIF y CIP. Y en estos casos debe tener en cuenta estos costes en su presupuesto.

OTROS RIESGOS

RIESGO PAÍS

Con el término «riesgo país» normalmente se designa la evaluación conjunta sobre los peligros que un determinado país presenta para los negocios internacionales. Actualmente algunas empresas utilizan como indicador de riesgo país el diferencial entre la rentabilidad de los bonos de un país y los bonos o letras del tesoro de los Estados Unidos.

Factores locales que pueden afectar el negocio: 

  • Los controles de divisas que impiden la liberación y la transferencia de fondos.
  • Restricciones a la importación impuestas después de la firma del contrato.
  • Los acontecimientos políticos o medidas económicas que impidan o retrasen la transferencia de pago.
  • La inestabilidad del sistema bancario local.
  • Una guerra, disturbios civiles y desastres naturales.
RIESGO ECONÓMICO

Es el riesgo asociado a las variaciones en el ciclo económico de un cierto país. El peligro que supone un cambio económico desfavorable de la economía, así como el impacto de problemas sociales.

REISGO DE FRAUDE 

El riesgo de fraude que existe en las relaciones comerciales internacionales. Puede incrementarse cuando estamos empezando sin experiencia. Se trata de un auténtico engaño premeditado con voluntad de enriquecimiento ilícito, y no de una mera desavenencia comercial más o menos intencionada.

RIESGO POLÍTICO

Es aquel asociado a las actuaciones de los organismos gubernamentales de un país que por su intervencionismo afectan negativamente a las empresas. Caso de los cambios en las normas, los cambios en la aplicación de las mismas. En definitiva, las actuaciones de las administraciones públicas que resultan perjudiciales para tu  negocio.

Inestabilidad del gobierno o del régimen político, causada por problemas socioeconómicos (pobreza, desempleo y conflictos laborales, bajo nivel de ingreso per cápita, recesión industrial o económica, altos niveles de inflación, etc.); políticos (lucha entre facciones o partidos políticos, subversión armada, violencia o guerras civiles, intentos de golpe de estado, etc.).

Adopción de ciertas políticas por parte de Gobiernos constituidos que afectan directamente la operación de empresas, como nacionalización de sectores de la economía: expropiación de bienes; limitación o variación sustancial en los de derechos de remitir utilidades al exterior o repatriar capitales; revocación unilateral, por parte del Estado, de contratos celebrados con empresas extranjeras, entre otras.

RIESGO LEGAL

Al entablar relaciones comerciales con el exterior deben analizarse las diferencias en los sistemas jurídicos y su posible repercusión en el éxito de la operación. Las leyes aplicables, la existencia de convenios internacionales en determinadas materias o el coste económico de pleitear en el extranjero son aspectos a tener en cuenta: en determinados casos pueden ser poco importantes y en otras ocasiones pueden llegar a desaconsejar la operación.

Por ello, es conveniente, incluir una cláusula de arbitraje en los contratos internacionales y acuerdos comerciales, siendo habitual el someterse a la Corte Internacional de Arbitraje de la Cámara de Comercio Internacional. Del mismo modo, es recomendable, incluir una referencia a la jurisdicción aplicable. Es conveniente incluir una cláusula de arbitraje en los contratos internacionales o, en su ausencia, en la documentación intercambiada que refleje el acuerdo comercial.

Una de las cláusulas más utilizadas es la que somete el proceso arbitral a la Corte Internacional de Arbitraje de la CCI, cuyo estándar es: «All disputes arising in connection with the present contract shall be finally settled under the Rules of Conciliation and Arbitration of the International Chamber of Commerce by one or more arbitrators appointed in accordance with the said Rules.» Además, puede resultar igualmente conveniente incluir una referencia a la jurisdicción aplicable.

RIESGO DOCUMENTARIO

El riesgo documentario es aquel que se produce como consecuencia de las dificultades en el despacho o en la expedición de una mercancía por falta o insuficiencia en la documentación aduanera exigida.

Si somos europeos y empezamos nuestra internacionalización por países de la Unión Europea, parte de estos riesgos desaparecen o se minimizan. El mercado común, que  permite la libre circulación de ciudadanos (trabajadores), bienes, servicios y capitales por los 28 países de la UE, la estabilidad política del entorno, la ausencia de barreras aduaneras, o el hecho de compartir normativas y moneda (el euro se utiliza en 19 países) hacen que sea infinitamente más sencillo abordar cualquier mercado de la UE que el de un país tercero.

TIPOS DE GARANTÍA UTILIZADOS EN LA INTERNACIONALIZACIÓN

GARANTÍA DE LICITACIÓN

Su propósito es asegurar que quien concurre a una licitación no retirará o alterará su oferta hasta el momento de su definitiva adjudicación y que, en caso de obtener la licitación, aceptará y firmará el contrato de conformidad con los términos ofertados. • Garantía de buena ejecución. Asegura un pago al comprador en caso de que el vendedor no cumpla de forma adecuada, o de forma completa, o en el tiempo estipulado, con sus obligaciones contractuales. 

GARANTÍA DE MANTENIMIENTO

Cubre el período de mantenimiento establecido contractualmente durante el cual el suministrador continúa siendo responsable del buen funcionamiento de la máquina. 

GARANTÍA DE PAGO ANTICIPADO

Garantiza la devolución de la totalidad del importe anticipado y, si es el caso, de los intereses. 

GARANTÍA DE PAGO

Las garantías pueden ser utilizadas como mecanismo para asegurar las obligaciones de pago derivadas de una compraventa o de una prestación de servicios. Las garantías de pago constituyen una alternativa al crédito documentario. 

GARANTÍAS ANTE AUTORIDADES ADUANERAS U ORGANISMOS COMUNITARIOS

Se trata de avales ante los servicios de aduanas, de cuadernos ATA para exportación temporal de muestras con valor comercial, de avales de tránsito comunitario, etc. 

CARTA DE GARANTÍA

No tiene un sentido específico. Sin embargo, suele aparecer relacionada con documentos de compraventa y transporte de mercancías, cuando estos faltan o son defectuosos.

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