Tabla de contenidos
Guía para Acceder a las Subvenciones de Ámbito Estatal para la Promoción del Trabajo Autónomo
Todo lo que necesitas saber sobre las subvenciones para autónomos y asociaciones profesionales
1. Beneficiarios
Las subvenciones están dirigidas a diferentes tipos de entidades, según el ámbito y finalidad de la ayuda. Aquí se detallan:
a) Subvenciones para actuaciones de promoción del trabajo autónomo:
- Asociaciones profesionales de trabajadores autónomos de ámbito estatal y carácter intersectorial.
- Otras entidades como partenariats, fondations y universidades.
b) Subvenciones para gastos de funcionamiento:
- Exclusivamente para asociaciones profesionales de trabajadores autónomos de ámbito estatal y carácter intersectorial.
2. Finalidad de las Subvenciones
Estas ayudas tienen dos objetivos principales:
- Fomentar el trabajo autónomo mediante la financiación de actividades como formación, difusión y otras iniciativas que impulsen el autoempleo.
- Apoyar el funcionamiento de las asociaciones profesionales de autónomos, ayudándolas a cumplir con sus objetivos institucionales.
3. Bases Reguladoras
El marco normativo de estas subvenciones está establecido en la Orden TES/945/2024, publicada en el Boletín Oficial del Estado el 10 de septiembre de 2024. Este documento regula todos los aspectos esenciales para la solicitud, adjudicación y uso de las ayudas.
Puedes acceder al texto completo de la orden en la página oficial del BOE: www.boe.es.
4. Cuantías y Distribución de las Ayudas
El presupuesto total asignado asciende a 3.696.120 euros, distribuido de la siguiente manera:
a) Gastos de actividades:
- Actividades específicas (artículos 3.1.a, b y c): Hasta 150.000 euros por proyecto.
- Actividades complementarias (artículos 3.1.d, e y f): Hasta 50.000 euros por proyecto.
b) Gastos de funcionamiento:
- Distribución proporcional según los criterios objetivos de la Orden TES/945/2024.
- Cantidad mínima garantizada: 10.000 euros por asociación profesional que cumpla los requisitos.
5. Plazo de Presentación de Solicitudes
Las solicitudes deben presentarse en un plazo de 20 días hábiles a partir del día siguiente a la publicación del extracto en el BOE (4 de diciembre de 2024). ¡Asegúrate de no dejarlo para última hora!
¿Listo para solicitar tu subvención?
Si cumples con los requisitos, esta es una gran oportunidad para financiar proyectos que impulsen el trabajo autónomo y el funcionamiento de asociaciones profesionales. Consulta los detalles completos en el BOE y prepárate para presentar tu solicitud dentro del plazo establecido. ¡Tu esfuerzo como autónomo merece este apoyo!
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