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Bonificaciones a la Contratación y Plan de Igualdad: Guía Práctica para Empresas y Autónomos

Bonificaciones a la Contratación: Cómo Aumentar el Ahorro y Cumplir con el Plan de Igualdad

Descubre las claves para aprovechar las bonificaciones a la contratación sin perder de vista tus obligaciones legales

En el actual entorno empresarial, es fundamental conocer y aprovechar los incentivos públicos a la contratación, especialmente en el ámbito de la Seguridad Social. Las bonificaciones y reducciones en las cuotas ofrecen una vía para reducir costes laborales y fomentar el empleo de determinados colectivos.

Sin embargo, es importante tener en cuenta que algunas de estas ayudas exigen el cumplimiento del Plan de Igualdad, especialmente para empresas de 50 o más trabajadores.

En esta guía, encontrarás un resumen detallado de las principales bonificaciones vigentes y los requisitos necesarios para beneficiarte de ellas.


1. Tipos de Bonificaciones Disponibles

A continuación, se detallan las principales bonificaciones, su normativa aplicable, los porcentajes o cuantías económicas y si requieren o no un Plan de Igualdad:

Contratación indefinida de personas con discapacidad

  • Normativa: Artículo 4 del Real Decreto-ley 1/2023.
  • Bonificación: Hasta el 100% de la cuota empresarial a la Seguridad Social.
  • Plan de Igualdad requerido:
    • Menos de 50 empleados: No es obligatorio.
    • 50 o más empleados: Sí es obligatorio.

Contratación de víctimas de violencia de género o terrorismo

  • Normativa: Artículo 22 del Real Decreto-ley 1/2023.
  • Bonificación: Hasta el 100% de la cuota empresarial.
  • Plan de Igualdad requerido:
    • Menos de 50 empleados: No es obligatorio.
    • 50 o más empleados: Sí es obligatorio.

Transformación de contratos formativos en indefinidos

  • Normativa: Artículo 10 del Real Decreto-ley 1/2023.
  • Bonificación: 275 euros al mes durante 3 años.
  • Plan de Igualdad requerido:
    • Menos de 50 empleados: No es obligatorio.
    • 50 o más empleados: Sí es obligatorio.

Contratación indefinida de mujeres en sectores con baja representación femenina

  • Normativa: Artículo 8 del Real Decreto-ley 1/2023.
  • Bonificación: 125 euros al mes durante 4 años.
  • Plan de Igualdad requerido:
    • Menos de 50 empleados: No es obligatorio.
    • 50 o más empleados: Sí es obligatorio.

Contratación de desempleados de larga duración

  • Normativa: Artículo 11 del Real Decreto-ley 1/2023.
  • Bonificación: 110 euros al mes durante 3 años (en el caso de mujeres, la bonificación asciende a 128 euros/mes).
  • Plan de Igualdad requerido:
    • Menos de 50 empleados: No es obligatorio.
    • 50 o más empleados: Sí es obligatorio.

2. Bonificaciones Específicas para Autónomos

Tarifa plana para autónomos

  • Normativa: Artículo 38 bis de la Ley 20/2007.
  • Bonificación: Reducción de la cuota de autónomos a 80 euros al mes durante los primeros 12 meses.
  • Plan de Igualdad requerido: No aplica en ningún caso.

Bonificación por maternidad/paternidad para autónomos

  • Normativa: Artículo 38 ter de la Ley 20/2007.
  • Bonificación: Reducción del 100% de la cuota de autónomos durante el período de baja por maternidad o paternidad.
  • Plan de Igualdad requerido: No aplica en ningún caso.

3. Bonificaciones Sectoriales y para Personal Específico

Bonificación para personal investigador

  • Normativa: Artículo 1 del Real Decreto 475/2014.
  • Bonificación: 40% de la cuota por contingencias comunes.
  • Plan de Igualdad requerido:
    • Menos de 50 empleados: No es obligatorio.
    • 50 o más empleados: No es obligatorio.

Bonificación en el sector agrario

  • Normativa: Artículo 31 del Real Decreto-ley 1/2023.
  • Bonificación: Hasta el 45%, independientemente del tipo de contrato.
  • Plan de Igualdad requerido:
    • Menos de 50 empleados: No es obligatorio.
    • 50 o más empleados: No es obligatorio.

Bonificación para empleados del hogar

  • Normativa: Disposición Adicional Tercera del Real Decreto-ley 1/2023.
  • Bonificación: Del 20% al 45% según la situación específica del empleado.
  • Plan de Igualdad requerido:
    • Menos de 50 empleados: No es obligatorio.
    • 50 o más empleados: No es obligatorio.

4. Bonificación de Contratos de Formación en Alternancia

  • Normativa: Varía según la normativa específica aplicable.
  • Bonificación: 100% de la cuota a la Seguridad Social.
  • Plan de Igualdad requerido:
    • Menos de 50 empleados: No es obligatorio.
    • 50 o más empleados: Sí es obligatorio.

5. Importancia del Plan de Igualdad

Si tu empresa cuenta con 50 o más personas en plantilla, disponer de un Plan de Igualdad no es una opción, sino una obligación para poder acceder a muchas de estas bonificaciones. El Plan de Igualdad es un documento estratégico que recoge el compromiso de la empresa con la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres y evita posibles sanciones y pérdida de beneficios sociales.

Las empresas de menor tamaño, aunque no están obligadas, pueden desarrollar su propio Plan de Igualdad como una medida de diferenciación en el mercado y de responsabilidad social corporativa.


6. Cómo Puede Ayudarte MentorDay

En MentorDay te ayudamos a:

  • Identificar las bonificaciones aplicables a tu empresa según tus contrataciones.
  • Redactar y registrar el Plan de Igualdad si es necesario.
  • Aprovechar al máximo las ventajas fiscales y económicas derivadas de las bonificaciones.
  • Cumplir con la legislación vigente, evitando sanciones y garantizando el acceso a las ayudas públicas.

Si tienes dudas o quieres que revisemos tu caso, contacta con nuestro equipo de expertos en MentorDay.


¿Quieres que preparemos una plantilla de Plan de Igualdad para empresas de más de 50 trabajadores? Puedo hacerte un esquema base que luego puedas personalizar.

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Jaime Cavero

Presidente de la Aceleradora mentorDay. Inversor en startups e impulsor de nuevas empresas a través de Dyrecto, DreaperB1 y mentorDay.
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