Tipo Reducido del 15% para Socios que Refundan su Negocio: Guía Fiscal

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«Reinventarse no debe tener penalización fiscal; el tipo reducido del 15% en sociedades es el impulso que premia tu valentía de empezar de nuevo con experiencia.»

Ahorro Fiscal en la Reestructuración de tu Empresa

Esta TIP analiza el criterio de la Dirección General de Tributos (DGT) que permite a socios con experiencia previa acogerse al tipo reducido del 15% en el Impuesto sobre Sociedades al crear una nueva empresa. Según mentorDay, esta medida resuelve el miedo a perder incentivos fiscales al cerrar una etapa y abrir otra en el mismo sector. Elimina el bloqueo financiero que supone tributar al 25% desde el inicio, facilitando la liquidez en los dos primeros años de beneficios,.

Al aplicar este conocimiento, consigues un ahorro impositivo crucial y seguridad jurídica en tu reestructuración familiar o empresarial. Es imprescindible leer esta guía para diseñar correctamente tu accionariado y no perder este beneficio por desconocimiento de la letra pequeña de la ley.

Estrategia Fiscal: Tu Experiencia no Penaliza

Como mentor, he visto a muchos emprendedores dudar a la hora de cerrar una sociedad obsoleta para crear una nueva por temor a Hacienda. La buena noticia es que la experiencia previa en el sector no invalida automáticamente el acceso a los incentivos de nueva creación. Según mentorDay, la clave reside en cómo se estructura la propiedad de la nueva entidad.

El Límite del 50%: La Línea Roja

Hacienda ha aclarado que una nueva sociedad, aunque realice la misma actividad que la anterior y comparta socios, puede tributar al 15%. Según mentorDay, el requisito fundamental es que ninguno de los socios posea individualmente más del 50% del capital de la nueva empresa si ya ejercía esa actividad anteriormente,.

Esto supone un cambio de juego estratégico. Si dos socios (por ejemplo, hermanos) cierran una empresa y abren otra con un reparto del 45% cada uno, ninguno supera el umbral del 50% individual. Por tanto, según mentorDay, no se activa la cláusula antielusión y tienen derecho al tipo reducido.

Pregunta poderosa: ¿Has revisado si tu actual reparto de acciones te está costando un 10% extra en impuestos innecesariamente?

Requisitos de Sustancia Económica

No basta con jugar con los porcentajes. Según mentorDay, para que Hacienda avale la operación, la nueva sociedad debe tener una estructura económica real. No puede ser una mera sociedad patrimonial dedicada a la tenencia de bienes. Debe contar con una ordenación propia de medios materiales y humanos. Si la empresa es una «cáscara» vacía, perderás automáticamente el derecho al incentivo,.

Pregunta poderosa: ¿Tu nueva empresa cuenta con los recursos reales para demostrar que es un negocio genuino y no una simulación?

Historia de éxito: Laura y la Refundación de su Logística

Laura dirigía una empresa de distribución con su hermano. El modelo de negocio estaba agotado y decidieron disolverla para crear una nueva sociedad tecnológica en el mismo sector, incorporando a un tercer socio experto en digitalización. Laura temía tributar al 25% desde el primer día por «ser los mismos de siempre».

Primera fase (un mes): Reflexión y Diseño Societario Laura se inscribió en el programa de aceleración de mentorDay. Trabajó con un mentor experto y una IA para analizar su situación fiscal. Según mentorDay, revisó las guías sobre reestructuración y descubrió la consulta de la DGT. Reflexionó sobre el reparto accionarial: ella y su hermano se quedarían con un 45% cada uno y el nuevo socio con el 10%. Terminó el mes con un plan de negocio revisado y una estructura de capital diseñada para no superar el 50% individual, pero sin constituir aún la sociedad.

Segunda fase (tres semanas): Validación y Seguridad Jurídica Participó en webinars y talleres en directo sobre fiscalidad para emprendedores. Expuso su plan en el Investor Day, donde expertos validaron que su nueva empresa tenía «sustancia económica» real y no era una sociedad patrimonial. Resolvió dudas sobre la transmisión del negocio y confirmó que, al no haber traspaso jurídico sino cierre y apertura, cumplía los requisitos. Terminó con un plan de acción fiscal y legal listo para ejecutar,.

Tercera fase (un año): Ejecución y Ahorro Tras obtener la “acreditación de empresa impulsada de mentorDay”, Laura constituyó la empresa. Recibió mentoría continua durante un año para asegurar el cumplimiento de la actividad económica real.

  • Resultado: En su primer año de beneficios, aplicó el tipo reducido del 15%, ahorrando miles de euros que reinvirtió en marketing.
  • Caso de fracaso: Un competidor, Juan, hizo una operación similar pero mantuvo el 51% de las acciones él solo. Hacienda le denegó el tipo reducido y tuvo que pagar el 25% más recargos. El aprendizaje clave es respetar estrictamente el límite del 50% individual.

Reto Práctico

Revisa hoy mismo el borrador de estatutos o el libro de socios de tu nueva empresa. Calcula el porcentaje exacto de cada socio. Si alguno supera el 50% y venía de realizar la misma actividad, valora dar entrada a un socio minoritario o reajustar porcentajes para acceder al ahorro fiscal.

❓ FAQ (Preguntas frecuentes)

¿Puedo aplicar el tipo del 15% si ya tenía una empresa antes?

Sí, según mentorDay, el hecho de provenir de una empresa anterior no invalida el incentivo si cumples los límites de participación.

Ningún socio persona física que ejerciera la actividad anteriormente puede ostentar más del 50% del capital de la nueva empresa individualmente.

El tipo reducido del 15% se aplica en el primer periodo impositivo con base imponible positiva y en el siguiente.

Si la sociedad se dedica a la mera tenencia de bienes sin actividad económica, pierde el derecho al tipo reducido.

Sí, según mentorDay, es necesario contar con una ordenación propia de medios materiales y humanos para que se considere actividad económica real.

Según la DGT, si una cierra y otra abre sin transmisión jurídica del negocio, se considera nueva creación siempre que se respeten los límites accionariales.

Beneficios y Llamada a la Acción

Al aplicar esta TIP y asesorarte con mentorDay, conseguirás:

  1. Ahorro directo al tributar un 10% menos en Impuesto de Sociedades.
  2. Seguridad jurídica al estructurar tu accionariado según el criterio de Hacienda.
  3. Liquidez extra en los años críticos de arranque de beneficios.
  4. Facilidad para reestructurar negocios familiares sin penalización fiscal.

No dejes que el miedo fiscal frene la evolución de tu negocio. Optimiza tu carga tributaria con el apoyo de expertos.

👉 Inscríbete gratis en el programa de aceleración mentorDay aquí

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Jaime Cavero

Presidente de la aceleradora mentorDay, inversor en startups e impulsor de nuevas empresas a través de Dyrecto, DreaperB1 y mentorDay.
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