Si tienes un proyecto empresarial innovador o de base tecnológica y necesitas financiación para llevarlo al siguiente nivel, la subvención para emprendedores en el País Vasco 2026, conocida como Programa Ekintzaile, es la gran oportunidad que estabas esperando. Gestionada por SPRI (Agencia Vasca de Desarrollo Empresarial), esta convocatoria está diseñada para acompañar a los emprendedores y empresas desde la maduración de su idea hasta la puesta en marcha del negocio. Al concederse por estricto orden de llegada, ¡es fundamental preparar tu solicitud cuanto antes para no quedarte sin fondos!
Objetivo de la convocatoria
El principal objetivo del programa Ekintzaile es proporcionar apoyo financiero a nuevos proyectos empresariales innovadores, de base tecnológica, o de carácter industrial y servicios conexos. Se divide en dos grandes enfoques para acelerar el tejido productivo:
- Línea 1 (Emprendimiento): Apoyar a personas emprendedoras o empresas de reciente creación en la maduración de su idea, elaboración del plan de empresa y su puesta en marcha.
- Línea 2 (Intraemprendimiento): Fomentar que empresas ya existentes desarrollen nuevas líneas de negocio que supongan una diversificación de su actividad actual, llegando incluso a constituir una nueva entidad mercantil.
Región de impacto
Esta convocatoria está dirigida exclusivamente a proyectos que se desarrollen y tengan impacto en el País Vasco (Comunidad Autónoma de Euskadi).
Fecha y hora límite de solicitud
El presupuesto total de la convocatoria es de 3.500.000 euros y funciona mediante un régimen de concesión sucesiva (concurrencia no competitiva).
- Plazos: El plazo de presentación se abre el 17 de marzo de 2026 y finalizará el 11 de diciembre de 2026 a las 15:00 horas.
- ¡Atención! Al adjudicarse por estricto orden de llegada de solicitudes completas hasta agotar fondos, te aconsejamos presentar la solicitud cuanto antes.
- Efecto incentivador: Los gastos deben devengarse, por lo general, con posterioridad a la solicitud de la ayuda. Excepcionalmente, SPRI puede admitir gastos realizados con anterioridad, siempre que sean posteriores al 1 de enero de 2026. Si presentas gastos anteriores a esa fecha, no serán elegibles.
Condiciones del beneficiario
Para poder ser beneficiario, es un requisito absolutamente indispensable que tu proyecto esté tutelado por un Business Innovation Center (BIC) de los existentes en el País Vasco (como BIC Araba, BIC Bizkaia Ezkerraldea, BEAZ, BIC Gipuzkoa o Saiolan). Además, debes cumplir:
- Tipo de empresa y antigüedad:
- Línea 1 (Emprendimiento): Personas físicas empadronadas en Euskadi, o personas jurídicas constituidas (o con alta en actividad económica) a partir del 1 de enero de 2024, con al menos un centro de actividad en Euskadi.
- Línea 2 (Intraemprendimiento): Personas jurídicas ya existentes con domicilio social o centro de actividad en Euskadi, dadas de alta en el IAE, dispuestas a crear una nueva entidad mercantil.
- Sector económico: Los proyectos deben ser preferentemente industriales, de servicios conexos o de base tecnológica/innovadora. Para ver si cumples con el sector, revisa tu alta en el impuesto de actividades económicas y tus escrituras de constitución (CNAE). Puedes modificar tus escrituras o dar de alta nuevas actividades si es necesario.
- Exclusiones: No pueden pedir la ayuda entidades del sector público, empresas en crisis, ni empresas dedicadas a la incubación o aceleración de proyectos. Tampoco quienes ya fueron beneficiarios de la Línea 1 en 2025.
- Compatibilidad con otras ayudas: Las ayudas son compatibles con otros ingresos siempre que no superen el coste de la actividad a desarrollar (sobrefinanciación).
- Régimen de minimis: Esta ayuda sí está sujeta al límite de minimis. No puedes superar los 300.000 euros en ayudas de minimis en los últimos tres años. Puedes ver más detalles aquí: https://mentorday.es/wikitips/maximo-subvencion-acumulada-minimis/.
- Otras condiciones: Debes estar al corriente de pagos tributarios y con la Seguridad Social, y cumplir con normativas de igualdad de género.
Gastos e inversiones elegibles
Serán subvencionables los siguientes gastos de acompañamiento para tu empresa, siempre que cada factura supere la cantidad mínima de 100 euros:
- Formación empresarial y específica ligada al proyecto.
- Consultoría y asistencia técnica externa.
- Estudios de prospección y documentación.
- Asistencia a ferias y viajes comerciales.
- Realización de maquetas y prototipos (con un límite máximo del 25% del presupuesto total aprobado).
- Plazo de ejecución: Hasta 18 meses desde la concesión (o desde la fecha de inicio fijada por SPRI en 2026).
- Exclusiones: No se cubre el IVA (salvo para personas físicas no autónomas), ni productos/servicios comercializados o trabajos realizados por el propio solicitante o empresas vinculadas.
Tipo y monto de la ayuda
- Tipo de ayuda: Subvención a fondo perdido no reintegrable.
- Importe máximo: Hasta 30.000 euros por solicitud en ambas líneas.
- Intensidad de la ayuda:
- Línea 1: Cubre hasta el 100% de los gastos elegibles.
- Línea 2: Cubre el 70% de los gastos elegibles. Sin embargo, este porcentaje aumentará al 100% si se logra constituir la nueva sociedad mercantil dentro del plazo de ejecución del proyecto.
- Forma de cobro: El pago se realiza tras la correcta justificación semestral de los gastos.
- Consejo: La administración suele retrasarse en los pagos o exige realizar el gasto primero; busca fuentes alternativas de financiación en el programa de aceleración de mentorDay: https://mentorday.es/inscripcion/.
Información adicional de la convocatoria
- Órgano convocante: SPRI – Agencia Vasca de Desarrollo Empresarial.
- Difusión y publicidad: Es obligatorio publicitar que el proyecto ha sido «subvencionado por SPRI» e incluir su logotipo, garantizando además el uso de las dos lenguas oficiales (euskera y castellano) y un lenguaje no sexista.
- Recordatorio: La información de esta TIP es solo orientativa con recomendaciones prácticas. Te recomendamos leer siempre las bases oficiales de la convocatoria publicadas en el Boletín Oficial del País Vasco (BOPV).
Preparación de la solicitud de la convocatoria
Para que tu proyecto avance sin incidencias, te recomendamos asegurarte de cumplir todas las condiciones descritas en la sección de beneficiarios antes de presentar la solicitud. La tramitación se realizará exclusivamente por medios electrónicos a través de la web de SPRI.
Criterios y el rol del BIC
Tu solicitud será asignada y evaluada inicialmente por tu BIC tutor. El BIC debe emitir un informe favorable sobre tu plan de empresa y validar los presupuestos y la viabilidad técnica. Acércate a tu BIC de referencia en Álava, Bizkaia o Gipuzkoa desde el minuto uno.
Documentación a adjuntar
- DNI/NIE de los promotores o representante legal.
- Certificado de empadronamiento (para personas físicas) o Escrituras de Constitución (para personas jurídicas).
- Certificado de titularidad bancaria.
- Documento de definición del proyecto (origen, producto/servicio, mercado objetivo, presupuesto estimado y previsiones a 3 años).
- Declaración responsable sobre cumplimiento de requisitos.
- Tres presupuestos: Si externalizas un servicio por un importe superior al contrato menor, la ley exige que aportes al menos tres ofertas de diferentes proveedores.
Solicitud completa vs incompleta
Si tu solicitud presentara deficiencias, SPRI o el BIC te requerirán para subsanarlas en un plazo de 10 días hábiles. No obstante, dado que se evalúa por orden de llegada del expediente completo, es vital entregar todo perfectamente a la primera.
❓ FAQ (Preguntas frecuentes)
¿Qué es el Programa Ekintzaile 2026 de SPRI en el País Vasco?
Es un programa de subvenciones a fondo perdido dirigido a fomentar la creación de nuevos proyectos empresariales innovadores o de base tecnológica en Euskadi, apoyando la maduración de la idea y su puesta en marcha con hasta 30.000 euros
¿Quién puede pedir la subvención Ekintzaile en Euskadi?
La Línea 1 está dirigida a personas físicas empadronadas en Euskadi o empresas constituidas a partir del 1 de enero de 2024. La Línea 2 es para empresas ya constituidas en Euskadi que deseen lanzar una nueva línea de negocio (intraemprendimiento) formando una nueva sociedad.
¿Cuánto dinero me dan con la ayuda Ekintzaile de Euskadi?
La subvención máxima es de 30.000 euros. En la Línea 1 se cubre hasta el 100% de los gastos elegibles. En la Línea 2 se cubre el 70%, pero puede subir al 100% si se constituye legalmente la nueva empresa durante el plazo del proyecto.
¿Cuáles son los gastos e inversiones elegibles en Ekintzaile 2026?
Se cubren gastos superiores a 100 euros por factura en formación específica, consultoría y asistencia técnica externa, estudios de prospección, asistencia a ferias y la realización de prototipos o maquetas (con límite del 25% del presupuesto). El IVA no es subvencionable.
¿Cuándo acaba el plazo de solicitud del programa Ekintzaile?
El plazo límite es el 11 de diciembre de 2026 a las 15:00 horas. Sin embargo, las ayudas se otorgan por estricto orden de llegada de las solicitudes completas hasta agotar el presupuesto de 3,5 millones de euros, por lo que es urgente solicitarla cuanto antes
¿Qué es un BIC y por qué lo necesito para esta subvención?
Un BIC (Business Innovation Center) es un Centro de Empresas e Innovación del País Vasco (como BEAZ o BIC Araba). Es obligatorio que tu proyecto esté tutelado por uno de ellos, ya que actúan como entidades colaboradoras que examinan, acompañan y validan tu p.royecto para que SPRI pueda aprobar la ayuda.
Resolución de dudas
Para estructurar tu plan de empresa, mejorar tu documentación técnica y asegurar el acceso a la financiación pública, te recomendamos solicitar asesoramiento de un experto en financiación de mentorDay. Para ello, te aconsejamos participar en los programas de aceleración gratuitos de mentorDay, que comienzan cada mes.
En estos programas se facilita contacto directo con fuentes de financiación y mejora del pitch para proyectos.
Más información: https://mentorday.es/programas/modelo-mentorday/



