Si tu negocio ha superado la difícil fase inicial de creación y te encuentras en pleno proceso de consolidación, la subvención impulso empresarial Asturias 2026 es la herramienta de financiación que estabas buscando. Impulsada por la Consejería de Ciencia, Industria y Empleo, esta convocatoria cuenta con un presupuesto de 800.000 euros destinados a cofinanciar las inversiones retroactivas de autónomos y pymes de la región. En esta guía práctica y exhaustiva, te explicaremos cómo puedes recuperar hasta 10.000 euros a fondo perdido por las reformas o maquinaria que hayas adquirido en los últimos meses, detallando los requisitos clave, los plazos inminentes y los trucos para presentar una solicitud impecable.
Objetivo de la convocatoria
El propósito principal de la subvención impulso empresarial Asturias 2026 es cofinanciar proyectos de inversión para mejorar la competitividad y fortalecer la consolidación y el crecimiento del tejido empresarial asturiano.
A diferencia de las ayudas para la creación de empresas, este programa está estratégicamente diseñado para apoyar a aquellos negocios que ya han superado la etapa inicial de puesta en marcha (la fase de establecimiento) y se encuentran en un momento crítico de estabilización y crecimiento de su actividad económica en el mercado.
Región de impacto
Esta iniciativa tiene un impacto directo y exclusivo en el Principado de Asturias. Para poder ser beneficiario, es un requisito indispensable que la empresa o el autónomo disponga de un establecimiento permanente ubicado dentro del ámbito territorial de esta comunidad autónoma, donde se realicen las inversiones y la actividad productiva.
Fecha y hora límite de solicitud
El calendario de esta convocatoria es muy ajustado, por lo que la rapidez en la gestión documental es vital:
- Plazo de presentación: El periodo para enviar tu solicitud telemática es de 10 días hábiles, los cuales comienzan a contar a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Principado de Asturias (BOPA), publicado el lunes 1 de junio de 2026.
- Efecto incentivador y retroactividad: En esta convocatoria NO aplica el efecto incentivador hacia el futuro. Al contrario, se trata de una ayuda que financia inversiones retroactivas. Solo se admitirán gastos que se hayan ejecutado y pagado en el período comprendido desde el 1 de septiembre de 2025 hasta el 1 de junio de 2026.
- Resolución: Aunque se rige por concurrencia competitiva (por puntos), los plazos son tan cortos que te aconsejamos tener todas tus facturas preparadas y presentar la solicitud cuanto antes dentro de esos 10 días hábiles.
Condiciones del beneficiario
Para que tu organización acceda a la subvención impulso empresarial Asturias 2026, debe cumplir de manera exhaustiva las siguientes condiciones:
- Tipo de empresa: La ayuda está dirigida a autónomos, microempresas, pequeñas y medianas empresas (pymes) que ejerzan una actividad económica orientada al mercado. Las pymes son aquellas que ocupan a menos de 250 personas y cuyo volumen de negocios no excede de 50 millones de euros. Quedan expresamente excluidas las asociaciones y entidades sin ánimo de lucro.
- Solicitud individual: La solicitud se tramita de manera individual por la empresa que ha realizado la inversión.
- Antigüedad (¡Requisito Crítico!): Al estar enfocada en la «consolidación», tu empresa debe cumplir una ventana de tiempo muy estricta: debe acreditar el ejercicio ininterrumpido de su actividad durante al menos los 2 años inmediatamente anteriores a la fecha de publicación (1 de junio de 2026), y, al mismo tiempo, haber sido constituida con posterioridad al 1 de enero de 2019.
- Ánimo de lucro: Sí aplica.
- Sector económico: Abierto a la mayoría de sectores productivos. Para ver si cumples con el sector, revisa tu alta en el impuesto de actividades económicas y tus escrituras de constitución (CNAE). Puedes modificar tus escrituras o dar de alta nuevas actividades si es necesario.
- Compatibilidad con otras ayudas: Estas ayudas son incompatibles con otras subvenciones o recursos que se hubieran concedido con igual finalidad por cualquier administración pública. Además, no podrán ser beneficiarios quienes ya hayan recibido esta misma subvención en alguno de los tres ejercicios inmediatamente anteriores.
- Régimen de minimis: Sí aplica. La ayuda está sujeta al Reglamento (UE) 2023/2831, limitando la acumulación a 300.000 € en los últimos tres años. En el caso de que esta convocatoria sí afecte el minimis mostrar este enlace: https://mentorday.es/wikitips/maximo-subvencion-acumulada-minimis/
- Otras condiciones o exigencias: Hallarse al corriente de pago de obligaciones tributarias (Hacienda Estatal, Autonómica y Seguridad Social) y no tener deudas con el Principado.
Gastos e inversiones elegibles
La convocatoria te permite recuperar el capital de inversiones clave para la modernización de tu local o equipo de trabajo, pero con limitaciones muy estrictas:
- Inversiones admitidas:
- Obras de reforma, acondicionamiento o mejora de inmuebles en el centro de trabajo.
- Maquinaria, instalaciones técnicas, vehículos industriales o mobiliario vinculados a la actividad. Es condición indispensable que se trate de elementos nuevos.
- Inversiones excluidas: Está expresamente prohibido incluir en la ayuda la compra de material informático ni de teléfonos móviles. Tampoco es subvencionable el IVA.
- Condición de facturación: Las facturas acreditativas de las inversiones deben tener un importe superior a 500 € (IVA excluido) cada una.
- Periodo de ejecución: Todas las inversiones deben haber sido ejecutadas y pagadas entre el 1 de septiembre de 2025 y el 1 de junio de 2026.
- Permanencia: Debes mantener la actividad y la inversión objeto de subvención durante un plazo no inferior a dos años desde su concesión.
Tipo y monto de la ayuda
El formato de esta ayuda es ideal para inyectar liquidez inmediata a tu negocio tras haber realizado un esfuerzo inversor:
- Tipo de ayuda: Consiste en una subvención a fondo perdido.
- Porcentaje de financiación: La administración cubrirá el 50% del total de los gastos subvencionables de tu proyecto.
- Importe mínimo: Para poder participar, el proyecto de inversión que presentes debe sumar un mínimo de 3.000 euros de gasto elegible.
- Importe máximo por beneficiario: La cuantía máxima a percibir no superará los 10.000 euros.
- Presupuesto total de la convocatoria: El fondo global autorizado es de 800.000,00 euros para el año 2026.
- Forma de cobro: Se abonará en un único pago mediante transferencia bancaria una vez comprobada y justificada la inversión.
- Resolución: Concurrencia competitiva (por sistema de puntos).
- Consejo: La administración suele retrasarse en los pagos; busca fuentes alternativas de financiación en el programa de aceleración de mentorDay: https://mentorday.es/inscripcion/
Información adicional de la convocatoria
- Órgano convocante: Consejería de Ciencia, Industria y Empleo del Principado de Asturias.
- Código BDNS: 900148.
- Finalidad de la convocatoria: Impulso, consolidación y mejora de la competitividad de las pymes asturianas.
- Trámite en Sede Electrónica: Código de servicio AYUD0503T01.
- Recordatorio: La información de esta TIP es solo orientativa con recomendaciones prácticas. Te recomendamos leer siempre las bases oficiales de la convocatoria.
Preparación de la solicitud de la convocatoria
Te recomendamos asegurarte de cumplir todas las condiciones detalladas en la sección de «condiciones del beneficiario» antes de presentar la solicitud, prestando especial atención a que la fecha de constitución de tu empresa esté entre el 1 de enero de 2019 y el 1 de junio de 2024.
Criterios de valoración / evaluación de la memoria
Para asignar los fondos, la Comisión de Valoración utilizará tres criterios objetivos:
- Volumen de inversión total (hasta 20 puntos): A mayor inversión demostrada, mayor puntuación.
- Esfuerzo inversor (hasta 20 puntos): Relación entre lo invertido y el número de trabajadores en la plantilla (incluyendo al autónomo titular si no hay asalariados).
- Ubicación (hasta 10 puntos): Se premia a los negocios situados en municipios con menor población o menor densidad.
Consejos prácticos para elaborar y mejorar la solicitud
El error más común en este tipo de ayudas retroactivas es incluir facturas que no cumplen la norma. Revisa que ninguna factura que presentes sea de ordenadores, tablets o móviles, ya que están excluidos, y verifica que cada factura individual supere los 500 euros sin IVA. Asegúrate de aportar junto a las facturas los justificantes bancarios de pago que demuestren que el dinero salió de tu cuenta antes del 1 de junio de 2026.
Índice de la memoria de solicitud (ejemplo):
i. Datos de la empresa solicitante (Acreditación de antigüedad y alta en IAE). ii. Descripción del proyecto y objetivos de modernización. iii. Justificación de la necesidad de la ayuda (Fase de consolidación). iv. Plan de inversiones retroactivas y presupuesto (Listado de facturas pagadas >500€). v. Impacto esperado (Esfuerzo inversor por trabajador y ubicación en el municipio). vi. Documentación anexa (Facturas, justificantes de pago bancario, certificados tributarios y de la Seguridad Social).
Cómo presentar la solicitud: La presentación es exclusivamente electrónica a través de la sede del Principado de Asturias (buscando el código AYUD0503T01). La solicitud debe ir completa desde el inicio e incluir obligatoriamente las memorias descriptivas y la relación clasificada de todos los gastos. Si hay errores menores, se dará un plazo de 10 días para subsanar.
❓ FAQ (Preguntas frecuentes)
¿Qué es la subvención impulso empresarial Asturias 2026?
Es una ayuda económica a fondo perdido lanzada por el Principado de Asturias para cofinanciar proyectos de inversión de autónomos y pymes locales. Su objetivo es ayudar a las empresas que ya han superado su fase de inicio a consolidarse en el mercado, sufragando gastos en maquinaria, obras o vehículos industriales.
¿Quién puede beneficiarse de estas ayudas del Principado?
Pueden solicitarla los autónomos, microempresas y pymes que cuenten con un establecimiento permanente en Asturias. Es un requisito indispensable que la empresa tenga más de 2 años de actividad ininterrumpida antes del 1 de junio de 2026 y que haya sido constituida después del 1 de enero de 2019. Quedan excluidas las entidades sin ánimo de lucro y quienes ya cobraron esta ayuda en los 3 años anteriores.
¿Cuáles son los plazos para pedir esta subvención?
El plazo de presentación telemática es de 10 días hábiles, que empiezan a contar a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el BOPA (publicado el 1 de junio de 2026).
¿Se pueden incluir compras de material informático o teléfonos móviles?
No, las bases de la convocatoria prohíben explícitamente incluir facturas correspondientes a la compra de material informático (como ordenadores o tablets) o teléfonos móviles.
¿Aplica el efecto incentivador o puedo meter facturas pasadas?
En esta ayuda puedes incluir facturas pasadas. No aplica el efecto incentivador hacia el futuro; de hecho, solo se subvencionarán aquellas inversiones que se hayan ejecutado y pagado estrictamente entre el 1 de septiembre de 2025 y el 1 de junio de 2026.
¿Cuánto dinero puedo conseguir y cuál es la inversión mínima?
La administración te subvencionará el 50% de tus gastos elegibles hasta un límite máximo de 10.000 euros. Para que tu solicitud sea admitida a trámite, el conjunto de las inversiones válidas presentadas debe sumar un mínimo de 3.000 euros y las facturas individuales deben superar los 500 euros sin IVA.
Resolución de dudas
Determinar el esfuerzo inversor de tu plantilla, descartar facturas no elegibles o lidiar con la sede electrónica del Principado puede ser agotador para un emprendedor. Por ello, te recomendamos solicitar asesoramiento de un experto en financiación de mentorDay y, para ello, aconseja participar en los programas de aceleración gratuitos de mentorDay, que comienzan cada mes.
En estos programas se facilita contacto directo con fuentes de financiación y mejora del pitch para proyectos. Más información: https://mentorday.es/programas/modelo-mentorday/



