❓ FAQ (Preguntas frecuentes)
Qué es la ayuda a la consolidación empresarial del País Vasco 2026?
Es una subvención a fondo perdido del Departamento de Trabajo y Empleo del Gobierno Vasco destinada a apoyar a emprendedores y autónomos que inician o consolidan un negocio mediante la cobertura de gastos de alquiler, asesoría, web y formación.
¿Quiénes pueden solicitar esta ayuda para emprendedores en Euskadi?
Pueden solicitarla trabajadores autónomos (personas físicas) y socias/os de Comunidades de Bienes o Sociedades Civiles a título personal que se hayan dado de alta en IAE entre el 1 de noviembre de 2025 y el 30 de octubre de 2026.
¿Qué requisito laboral previo es obligatorio cumplir antes del alta?
Es imprescindible haber estado desempleado/a e inscrito/a como demandante de empleo en el servicio público de empleo (Lanbide) el día inmediatamente anterior a la fecha de alta en el IAE.
¿Cuánto tiempo debo mantener de alta la actividad para no tener que devolver la subvención?
Las personas beneficiarias del Capítulo III (Establecimiento) deben permanecer de alta al menos 2 años; mientras que las del Capítulo IV (Consolidación) deben mantener el alta al menos 10 meses.
¿Qué gastos de alquiler y diseño web cubre la subvención?
Cubre arrendamientos de locales de negocio (excluidas viviendas y contratos familiares) y el diseño de páginas web, mantenimiento, dominios, cuotas de correo y publicidad en redes sociales.
¿Cuál es el plazo para presentar la solicitud en el Gobierno Vasco?
El plazo de presentación telemática está disponible desde el 1 de octubre de 2026 hasta el 30 de octubre de 2026 a través de la sede electrónica oficial.


