Tabla de contenidos
Todo lo que necesitas saber para acceder y gestionar las subvenciones de movilidad eléctrica
1. Qué es el programa MOVES III y por qué es importante
- Resumen del programa: El MOVES III es una iniciativa aprobada por el Real Decreto 266/2021, que tiene como objetivo fomentar la movilidad eléctrica a través de ayudas directas, gestionadas por las comunidades autónomas, con un presupuesto total ampliado a 1.550 millones de euros.
- Objetivo principal: Incentivar la compra de vehículos eléctricos enchufables y de pila de combustible, así como el despliegue de infraestructuras de recarga en España.
- Ampliaciones recientes: Incorporación de vehículos seminuevos como elegibles y aumento de antigüedad de vehículos demo.
2. Requisitos y actuaciones subvencionables
- Adquisición de vehículos eléctricos:
- Deben ser nuevos o con hasta 12 meses de antigüedad para seminuevos.
- Categorías elegibles: M1 (turismos), N1 (furgonetas), L3e, L4e, L5e (motocicletas) y cuadriciclos eléctricos.
- Exigencia de un descuento mínimo de 1.000 euros en la factura por parte del fabricante.
- Infraestructura de recarga:
- Subvenciones para recarga pública y privada, incluyendo preinstalaciones en comunidades de propietarios.
- Nuevas funcionalidades de recarga inteligente requeridas a partir de 2024.
- Compatibilidad: Las ayudas no pueden combinarse con otras subvenciones destinadas a la misma finalidad.
3. Cuantías de las ayudas y beneficios adicionales
- Adquisición de vehículos:
- Hasta 7.000 euros para particulares y autónomos con achatarramiento, incrementándose un 10% en casos específicos como movilidad reducida o residentes en municipios pequeños.
- Infraestructuras de recarga:
- Subvenciones de hasta el 80% del coste para particulares en municipios de menos de 5.000 habitantes.
- Límites de ayuda diferenciados por tipo de destinatario y potencia de la infraestructura.
- Incrementos especiales: Adaptaciones para movilidad reducida, servicios de Taxi/VTC y achatarramiento.
4. Cómo realizar la solicitud y evitar errores comunes
- Documentación necesaria: Factura de compraventa, justificantes de pago, y en caso de renting, contratos específicos.
- Fechas clave: La factura debe estar fechada después del 9 de abril de 2021 para particulares y tras la solicitud registrada en las convocatorias autonómicas para empresas.
- Errores a evitar:
- Realizar compras antes de la publicación de la convocatoria correspondiente.
- No incluir el descuento mínimo exigido en la factura.
Conclusión:
El MOVES III es una oportunidad única para fomentar la movilidad eléctrica y reducir el impacto ambiental. Con un presupuesto robusto y mayores incentivos, su correcta gestión puede ser clave para particulares, autónomos y empresas comprometidos con la sostenibilidad.
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