Fórmula jurídica para la internacionalización

FÓRMULA JURÍDICA PARA LA INTERNACIONALIZACIÓN

Acelera tu empresa con estos consejos de expertos que cuenta sobre «Fórmula jurídica para la internacionalización». ¡Analiza y descubre esta TIP!

¿Qué fórmula jurídica fiscal podemos utilizar para establecernos en el exterior?

Ya hemos identificado el país en el que queremos internacionalizarnos (en caso de no tener elegido el país te recomiendo antes esta TIP (+). Partimos de la base de que los motivos de hacerlo en un determinado país u otro es porque ya se conoce y se ha analizado la oportunidad de implantarse en dicho país, bien sea porque se tiene algún amigo, familiar, socio o aliado, o también porque se ha visitado o conocido dicho mercado por circunstancias varias.

Teniendo en cuenta estos antecedentes antes de abordar el detalle del análisis de los costes de establecimiento, es importante que reflexiones sobre como debes de implantarte y operar en el exterior.

Cuando ya he alcanzado un volumen de ventas estable o una cartera de clientes en un país es cuando me tengo que plantear tener un establecimiento permanente (+) en el país, y con qué forma jurídica.

ALGUNAS DE LAS FÓRMULAS POSIBLES PUEDEN SER LAS SIGUIENTES

  • Joint Venture con una empresa local ya establecida en el país. Te puede ayudar estos consejos sobre socios clave (+).
  • Representación o agencia comercial.
  • Simple oficina de representación de la sociedad matriz (una oficina virtual en un centro de negocios) .
  • Constituyendo una sociedad mercantil, entre otras posibilidades. 
  • Cómo sucursal, sin personalidad jurídica.
  • Como filial (+).
  • Holding.

La gran diferencia jurídica entre sociedad filial y sucursal radica en la falta de personalidad jurídica de esta última, y la consiguiente responsabilidad personal, directa e ilimitada de la sociedad matriz por los actos de la sucursal, que no existe en el caso de actuación a través de una sociedad filial.

Hacerlo de un modo u otro puede tener una gran influencia en los costes de implantación, así como en el riesgo y en el control de la inversión.

APERTURA DE UNA SUCURSAL EN EL EXTERIOR

​​Cualquier sociedad no residente que desee realizar actividades económicas o negocios en cualquier Estado del ámbito europeo por período superior a un año, debe proceder obligatoriamente a la apertura de una sucursal o establecimiento permanente y cumplir con una serie de requisitos formales.

En primer lugar y, con carácter general, la sociedad no-residente debe proceder al nombramiento de un representante local, debidamente apoderado para poder realizar los trámites necesarios para la apertura de la sucursal.

Generalmente, las sucursales (o establecimiento permanente) de empresas extranjeras están sujetas al Impuesto sobre Sociedades ordinario del país de residencia y por los beneficios obtenidos en dicho Estado que sean imputables a dicha sucursal, de la misma forma que las sociedades nacionales.

La sucursal podrá deducir de su base imponible los gastos y costes en que incurra como consecuencia de sus operaciones (siempre que se produzcan y contabilicen en el Estado de residencia), así como también los gastos concertados con la matriz española, siempre que se hallen valorados y contabilizados a los precios que serían acordados entre empresas independientes.

CREACIÓN DE UNA FILIAL EN EL EXTRANJERO

Normalmente, las formas societarias más utilizadas son la sociedad anónima y la sociedad de responsabilidad limitada. No obstante, cada Estado tiene sus diferentes tipos societarios y deberá analizarse detalladamente en cada caso concreto qué figura societaria se adecuará a las necesidades específicas de la inversión proyectada.

EN GENERAL, EL PROCESO DE CONSTITUCIÓN DE UNA Y OTRA SE PUEDE RESUMIR DE LA SIGUIENTE FORMA:

  • Obtención de la denominación social en el Registro correspondiente.
  • Redacción de los Estatutos Sociales.
  • Desembolso del capital social.
  • Otorgamiento de la escritura de constitución ante Notario extranjero.
  • Registro de la escritura en el Registro Mercantil.
  • Publicación en Diario Oficial.

Además, se deberá obtener de las distintas administraciones implicadas los correspondientes certificados de inicio de actividades, alta en la Seguridad Social, certificado de comerciante, legalización de libros oficiales, autorización de horario de oficinas, etc.

La sociedad filial, al poseer personalidad jurídica, actúa con responsabilidad jurídica propia sometida al régimen legal común del Estado de acogida, respondiendo frente a terceros hasta la cifra de su capital social.

Obviamente puede realizar toda clase de actos y contratos frente a terceros con total autonomía y su actividad gira a nombre y por cuenta propia. La sociedad filial tributa en el Estado de residencia por sus beneficios íntegros, al tipo general de gravamen de las sociedades residentes.

HOLDING

El éxito en la internacionalización lleva a que en la cuenta de pérdidas y ganancias de las empresas tenga cada vez más peso los ingresos obtenidos de mercados externos. Por tanto, se agudizan los efectos de la doble imposición, ya que, estas tributan en origen y también en destino, pues la Ley del Impuesto sobre Sociedades grava la renta mundial de los sujetos pasivos.

Una sociedad holding es aquélla cuyo objeto social se circunscribe, no a la realización directa de actividades comerciales o industriales, sino a la mera tenencia o participación en otras sociedades. Normalmente son utilizadas por los beneficios fiscales que de ellas se derivan en determinados territorios, sobre todo por lo que respecta a la tributación de los dividendos y las plusvalías derivadas de la venta o enajenación de sus participaciones. La implantación exterior mediante la constitución de una sociedad «holding» está sujeta al trámite de declaración.

LEGISLACIÓN INTERNA ESPAÑOLA SOBRE FINANCIACIÓN EXTERIOR

Existen dos fuentes genéricas de financiar a una sociedad, financiándola vía capital (con recursos propios de la sociedad o de los socios) o endeudándose con fondos de terceros (por ejemplo, vía préstamo).

Cuando el préstamo se concierte con personas residentes fuera de nuestras fronteras, hablamos de financiación exterior. Y es éste un tema que plantea numerosos problemas de tipo jurídico, fiscal y administrativo. En resumen, es importante, cumplir toda la normativa relativa a inversiones exteriores, controladas y supervisada no solo por Hacienda sino también, y principalmente, por el Banco de España.

¿Cómo puedo utilizar el Inteligencia Artificial (IA) para saber que forma jurídica te interesa en cada pais para la internacionalizacion?

Puedes hacerle una pregunta específica al ChatGPT, indicando los países en los que estás interesado y las características de tu empresa.

Por ejemplo, podrías preguntar «¿Cuál sería la mejor forma jurídica para establecer mi empresa en México y Colombia, considerando que mi empresa es una startup tecnológica y no tengo socios locales?» o «¿Cuál es la mejor opción legal para establecer una sucursal en España si mi empresa tiene sede en Estados Unidos y ya tiene operaciones en América Latina?».

El ChatGPT utilizará su conocimiento para proporcionarte una respuesta basada en los datos disponibles y su capacidad de análisis.

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CASO PRÁCTICO

  • Nombre del emprendedor: Ana
  • Sector de la empresa: Tecnología

Ana es una emprendedora que ha participado en un programa de aceleración de startups y ha desarrollado una aplicación móvil innovadora que desea lanzar en varios países. Para ello, necesita conocer la mejor forma jurídica de establecer su empresa en cada uno de los países elegidos. Los países seleccionados por Ana son Estados Unidos, Reino Unido y Japón.

  • Estados Unidos: Ana ha decidido establecer su empresa en la ciudad de San Francisco, California. La mejor forma jurídica para establecer su empresa en este país es mediante la creación de una LLC (Limited Liability Company). Esta estructura le permitirá a Ana tener responsabilidad limitada y beneficios fiscales, ya que se le permitirá deducir los gastos de su empresa en sus impuestos personales.
  • Reino Unido: Ana ha elegido establecer su empresa en Londres. La mejor forma jurídica para establecer su empresa en el Reino Unido es mediante la creación de una empresa de responsabilidad limitada (Ltd.). Esta estructura le permitirá a Ana tener responsabilidad limitada y la posibilidad de tener un número ilimitado de accionistas, lo que le permitirá atraer inversiones.
  • Japón: Ana ha elegido establecer su empresa en Tokio. La mejor forma jurídica para establecer su empresa en Japón es mediante la creación de una empresa de responsabilidad limitada (LLC). Esta estructura le permitirá a Ana tener responsabilidad limitada y tener un enfoque empresarial flexible en el país, lo que le permitirá atraer a inversionistas japoneses.

En resumen, Ana deberá crear una LLC en Estados Unidos, una empresa de responsabilidad limitada (Ltd.) en Reino Unido y una LLC en Japón para establecer su empresa de tecnología de manera efectiva en cada uno de los países seleccionados. Es importante que Ana consulte con expertos en cada país para garantizar que cumple con todos los requisitos legales necesarios para la creación de su empresa en cada país.

Después de realizar el análisis de los países seleccionados, se decidió que para algunos países, la mejor forma jurídica para establecer la empresa sería mediante una Joint Venture con una empresa local ya establecida. En particular, se trata de países donde existe una regulación legal muy específica y compleja que podría dificultar el proceso de establecimiento de la empresa, o bien, donde existe una fuerte competencia en el mercado que sería difícil de superar si se intentara entrar de forma independiente.

Por otro lado, en otros países se optó por establecer una representación o agencia comercial, ya que se considera que es una forma de establecimiento menos compleja y con menor riesgo. Por ejemplo, en un país de habla hispana con una economía emergente, se decidió establecer una representación comercial para comenzar a explorar el mercado local y evaluar las oportunidades de negocio antes de tomar una decisión sobre establecer una empresa filial.

En otro país, donde existe una regulación legal muy favorable a la inversión extranjera, se decidió constituir una sociedad mercantil, ya que se considera que es la mejor forma jurídica para establecer la empresa en el mercado local. En este país, se espera una alta demanda de los productos que ofrece la empresa y se considera que es importante contar con una presencia permanente y una estructura legal sólida que permita aprovechar al máximo las oportunidades del mercado.

Finalmente, en un país con una economía altamente desarrollada y una competencia feroz, se optó por establecer una simple oficina de representación de la sociedad matriz en un centro de negocios, como una forma de probar el mercado local antes de tomar una decisión más definitiva. Se espera que con esta estrategia, la empresa pueda evaluar la viabilidad de establecer una presencia más permanente en el futuro.

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Jaime Cavero

Presidente de la Aceleradora mentorDay. Inversor en startups e impulsor de nuevas empresas a través de Dyrecto, DreaperB1 y mentorDay.
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